Este
lunes 10 de marzo, los tres grupos del taller comenzamos el módulo transversal de Prevención
de Riesgos Laborales impartido por el técnico de PRL de la empresa
"Unipresalud"
Los compañeros del módulo de Restauración, tendrán una formación más específica para obtener la Tarjeta Profesional de la Construcción y recibieron una carpeta distinta al resto de grupos. Aunque, todos realizaremos un examen el próximo 10-Abril.
La charla comenzó con la explicación de los conceptos de riesgo laboral, condiciones de trabajo, accidentes, enfermedades profesionales y la diferencia entre prevención y protección.
Los compañeros del módulo de Restauración, tendrán una formación más específica para obtener la Tarjeta Profesional de la Construcción y recibieron una carpeta distinta al resto de grupos. Aunque, todos realizaremos un examen el próximo 10-Abril.
La charla comenzó con la explicación de los conceptos de riesgo laboral, condiciones de trabajo, accidentes, enfermedades profesionales y la diferencia entre prevención y protección.
Respecto
a la legislación,
la norma básica es la
ley de prevención
31/1995 (España
tuvo que adoptar la
directiva de 1989
tras su ingreso en la Unión Europea que le concedió un plazo de 5 años
para su entrada en vigor). Esta
ley
se fue
desarrollando mediante decretos y reglamentos. Por
ejemplo el decreto 39/1997.
¿Qué
regula esta
normativa?
En primer lugar los principios generales, los derechos y obligaciones
de las partes y las
modalidades de
organización preventiva de las empresa
Aspectos
normativos destacados :
- Los derechos de los trabajadores a una protección eficaz en materia de seguridad y salud. Esto implica el deber del empresario de proteger a sus trabajadores frente a los riesgos laborales
- Los derechos de información, consulta y participación, formación en materia preventiva, paralización de la actividad en caso de riesgo grave e inminente y vigilancia de su estado de salud
- El empresario desarrollará la prevención de acuerdo con los siguientes principios: evitar los riesgos, evaluarlos, combatirlos, adaptar el trabajo a la persona, tener en cuenta la evolución técnica, sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro, planificación la prevención, anteponer protección colectiva a la individual y dar la debida instrucciones a los trabajadores
Por
último, nos explicó las obligaciones del trabajador y las modalidades de
organización preventiva (lo más frecuente es que la empresa recurra a un servicio de prevención ajena)
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